sábado, 15 de agosto de 2015

5.16.1. CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS.




7101 VALORES Y BIENES PROPIOS EN PODER DE TERCEROS

DINAMICA


7102 ACTIVOS PROPIOS EN PODER DE TERCEROS ENTREGADOS EN GARANTIA

DINAMICA 


7103 ACTIVOS CASTIGADOS

DINAMICA



7104 LINEAS DE CREDITO NO UTILIZADAS

DINAMICA




7105 OPERACIONES ACTIVAS CON EMPRESAS VINCULADAS



DINAMICA 
7106 OPERACIONES ACTIVAS CON ENTIDADES  DEL GRUPO FINANCIERO

Registra las inversiones efectuadas ( incluida la participación accionaria ) préstamos otorgados y operaciones contingentes a favor de subsidiarias y afiliados , estos es a instituciones en las que la entidad mantiene un nivel de participación del 20% o más en el capital pagado

SUBCUENTAS

·         710605 Inversiones
·         710610 Cartera de crédito
·         710615 Deudores por aceptación
·         710620 Cuentas por cobrar
·         710625 Bienes realizables, adjudicados por pago y arrendamiento mercantil
·         710630 Otros activos
·         710635 Operaciones contingentes

 DINAMICA

7107 CARTERA DE CREDITOS Y OTROS ACTIVOS EN DEMANDA JUDICIAL

Registra el valor de los diferentes tipos de créditos, dividendos o cuotas de préstamos, así como los títulos y cupones de inversiones vencidas, los documentos de cuentas por cobrar y otros activos no cubiertos en la fecha de exigibilidad, que hayan sido entregados para la cobranza por vía judicial. En este grupo de cuentas se incluirá el monto total de los créditos clasificados de acuerdo con su destino original.

SUBCUENTAS

·         710705 Comercial prioritario
·         710710 Consumo prioritario
·         710715 Inmobiliario
·         710720 Para la microempresa
·         710725 Cartera de crédito productivo
·         710730 Cartera de créditos comercial ordinario
·         710735 Cartera de crédito de consumo ordinario
·         710740 Cartera de crédito de vivienda de interés público.
·         710741 Cartera de crédito educativo
·         710745 Refinanciada
·         710750 Reestructurada  710755 Inversiones
·         710760 Cuentas por cobrar
·         710790 Otros activos

DINAMICA

  7109 INTERESES , COMISIONES E INGRESOS EN SUSPENSO

Registra los intereses, comisiones e ingresos generados en operaciones concedidas por la entidad, que hayan sido reversados del estado de resultados por no haberse recaudado.
 Adicionalmente, registra la acumulación de intereses de las operaciones de cartera de créditos vencidas, así como la acumulación de intereses de aquellas operaciones clasificadas como cartera de créditos que no devenga intereses y, los intereses de mora de estas operaciones.

SUBCUENTAS

·         710905 Cartera de créditos comercial prioritario
·         710910 Cartera de créditos de consumo prioritario
·         710915 Cartera de créditos inmobiliario
·         710920 Cartera de créditos para la microempresa
·         710925 Cartera de crédito productiva
·         710930 Cartera de crédito comercial ordinario
·         710935 Cartera de créditos de consumo ordinario
·         710940 Cartera de crédito de vivienda de interés público
·         710941 Cartera de crédito educativo
·         710945 Cartera de créditos refinanciada
·         710950 Cartera de créditos reestructurada
·         710990 Otros

DINAMICA


TRABAJO REALIZADO POR LA COMPAÑERA SOTO MARINA.



7110: CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL FINANCIERO


El arrendamiento mercantil financiero, es la operación por la cual el arrendador, persona jurídica legalmente autorizada, arrienda un bien de su propiedad, por un plazo determinado y forzoso, y el arrendatario reconoce el pago de una renta, pudiendo al vencimiento ejercer cualquiera de los siguientes derechos alternativos, en concordancia con lo establecido en el Decreto No 3121 del 22 de diciembre de 1978, publicado en el Registro Oficial No 745 de 5 de enero de 1979:

ü  Comprar el bien por el precio acordado para la opción de compra o valor residual previsto en el contrato, el que no será inferior al 20% del total de las rentas devengadas;
ü  Prorrogar el contrato por un plazo adicional. Durante la prórroga la renta deberá ser inferior a la pactada originalmente, a menos que el contrato incluya mantenimiento, suministro de partes, asistencia u otros servicios;
ü   Recibir una parte inferior al valor residual del precio en que el bien sea vendido a un tercero; y,
ü  Recibir en arrendamiento mercantil un bien sustitutivo.

La renta podrá ser acordada en sucres, en unidades de valor constante, siempre que los contratos tengan un plazo mínimo de 365 días, o en moneda extranjera.

ARTICULO 2.- Están facultadas a realizar operaciones de arrendamiento mercantil en calidad de arrendadores los bancos, las sociedades financieras, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las compañías de arrendamiento mercantil y la Corporación Financiera Nacional. Las demás personas naturales o jurídicas podrán realizar operaciones de arrendamiento mercantil ocasionalmente y tan solo como un medio para el cumplimiento de contratos que tengan que ver con su objeto social, no estando por ello sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de Bancos y Seguros. Quienes realicen operaciones de arrendamiento mercantil en la forma prevista en la letra q) del artículo 51 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y actúen sin autorización previa de la Superintendencia de Bancos y Seguros, serán sancionados de conformidad con el artículo 121 de dicha Ley.

CRITERIO:

El arrendamiento mercantil financiero es uno de los métodos donde podemos adquirir bienes, además es uno de los más importantes porque atreves del arrendamiento mercantil financiero se puede facilitar el equipamiento de las empresas.



Tenemos de tener en cuenta que este tipo de arrendamiento el que intervienen son:

ü  ARRENDADOR: es el propietario del inmueble que puede ser una persona natural o jurídica quien se dedique a este tipo de negocio que es de arrendar.

ü  ARRENDATARIO: es la persona por el cual va a tomar el bien a cambio de un valor adquisitivo mensualmente o como se pacte con el arrendador.

7111: ACTIVOS ADQUIRIDOS

La cuenta 32 Activos adquiridos en arrendamiento financiero, agrupa las subcuentas en las que se registra el costo de los activos que se adquieren bajo la modalidad de arrendamiento financiero.
NOMENCLATURA

ü  321 Inversiones inmobiliarias
ü  3211 Terrenos
ü  3212 Edificaciones
ü  322 Inmuebles, maquinaria y equipo
ü  3221 Terrenos
ü  3222 Edificaciones
ü  3223 Maquinarias y equipos de explotación
ü  3224 Equipo de transporte
ü   3225 Muebles y enseres
ü  3226 Equipos diversos
ü  3227 Herramientas y unidades de reemplazo 3.
DETALLE DE LAS SUBCUENTAS
 • Subcuenta 321 Inversiones inmobiliarias: Comprende los activos que se mantienen para obtener ganancias de capital o para su arrendamiento a terceros, adquiridos bajo la modalidad de arrendamiento financiero.
• Subcuenta 322 Inmuebles, maquinaria y equipo: Comprende los activos adquiridos en arrendamiento financiero, que la empresa utiliza para la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, y que se espera usar por más de un ejercicio económico.
CRITERIO:
Los activos adquiridos es el encargado de agrupan  las subcuentas en las que se va a registrar para los arrendamientos financieros que se realicen estas dos cuentas trabajan juntas.
 7112 OBLIGACIONES EXTINGUIDAS POR ACUERDOS CON CORDATORIAS Y OTROS CONTRATOS

Consiste en especificar la información financiera que debe ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que el Consejo complete la segunda fase de este proyecto sobre contratos de seguro. En particular, esta NIIF requiere:

ü  Realizar un conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro por parte de las aseguradoras. 
ü   Revelar información, en los estados financieros de la aseguradora, que identifique y explique los importes que se derivan de los contratos de seguro, a la vez que ayude a los usuarios de dichos estados a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros procedentes de esos contratos.

CRITERIO

Trata sobre la especificación de cada contrato que se va a realizar dentro de la empresa ya que se debe cumplir ciertas reglas para emitir un contrato.

7113 INVERSIONES POR VENCIMIENTO

Se pueden incluir en esta categoría los valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento.

NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN



Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán inicialmente por su valor razonable, que se corresponderá con el precio de la transacción:

Valor razonable de la contraprestación entregada + Costes de transacción que les sean directamente atribuibles (comisiones, corretajes, impuestos y cualquiera otro gasto de formalización)

Los intereses explícitos, devengados y no vencidos en el momento de la adquisición deberán ser descontados de la valoración inicial y contabilizarse en sus cuentas correspondientes. 546. Intereses a corto plazo de valores representativos de deudas.

Posteriormente, los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Coste amortizado

CRITERIO

Trata de un valor de un bien con una fecha de vencimiento, al final de cada vencimiento se debe obtener de forma directa la cantidad adquisitiva pactada.

7114 OBLIGACIONES EXTINGUIDAS POR OTROS CONTRATOS


Las obligaciones se extinguen: Por el pago o cumplimiento, por la pérdida de la cosa debida, por la condonación de la deuda, por la confusión de los derechos de acreedor y deudor, por la compensación y por la novación”.

Estas son las llamadas causas de extinción de las obligaciones, ya que todas determinan la extinción de la relación obligatoria (existen también causas particulares aplicables a ciertas relaciones obligatorias. Ej. La muerte del deudor en casos de obligaciones de hacer personales, el acaecimiento del evento previsto por las partes como condición. De todas ellas la más importante es el cumplimiento o pago.

CRITERIO

El método de extinguir obligaciones se fundamenta si por el pago o la pérdida o el fallecimiento de la persona deudora, esta queda libre de obligaciones.

7115 DERECHOS DE GARANTÍA ASIGNADA


ARTÍCULO 13.-  Las entidades del sistema de garantía crediticia podrán operar a través de una oficina matriz y de las oficinas que consideren necesarias.

CRITERIO


El sistema de derechos de garantía debe tener la autorización por la superintendencia de bancos y seguro además deberá cumplir con algunos requisitos como presentar la solicitud de apertura, el informe del auditor con su respectivo análisis del último ejercicio económico.


CRITERIO:

Las becas aprobadas son designadas a los beneficiarios, a estos beneficiarios se les designa un monto por beca las instituciones que intervienen en las becas son el instituto de crédito educativa y becas, iece.
















4 comentarios:

  1. 7.1. CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

    Es la agrupación de cuentas que reflejan hechos o circunstancias de los cuales se pueden generar derechos afectando la estructura financiera del ente económico. Igualmente, se incluyen aquellas cuentas de registro utilizadas para efectos del CONTROL INTERNO de activos, información gerencial o control de futuras situaciones financieras, así como para conciliar las diferencias entre los registros contables de los activos y las declaraciones tributarias.

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  2. INVERSIONES POR VENCIMIENTO
    Se pueden incluir en esta categoría los valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento.

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  3. 7.1. CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
    Esta cuenta pertenece a una cuenta de orden la cual no afectara la situación financiera de la institución ni los resultados de la misma esta cuenta nos permite registrar Valores y bienes propios en poder de terceros, activos propios en poder de terceros entregados en garantía, Activos castigados entre otras.

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  4. Al momento de contratar con una buena póliza de arrendamiento, es necesario tener en cuenta una serie de beneficios y complementos y beneficios, los cuales garanticen la seguridad de los contratos de arrendamiento. Yo tengo varios inmuebles y lo mejor que hice fue adquirir un seguro de arrendamiento con: https://centraldearrendamientos.com/

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