Estos pueden ser:
DEPÓSITOS
MONETARIOS.- intereses por depósitos en moneda nacional y extranjera
recibidos por el público.
DEPÓSITOS MONETARIOS
DE INSTITUCIONES FINANCIERAS.- intereses por los depósitos de otras
entidades del sector financiero.
DEPÓSITOS DE AHORRO.-
intereses por los depósitos recibidos por la institución de sus cuenta
ahorristas.
FONDOS DE
TARJETAHABIENTES.- intereses causados por los fondos entregados por los
tarjetahabientes a instituciones emisoras de tarjeta de crédito para el pago de
futuros consumos.
OPERACIONES DE
REPORTO.- son intereses causados por las operaciones que implican la venta
y futura recompra de determinados títulos valores.
DEPÓSITOS A PLAZO.-
son intereses causados por depósitos recibe del público exigibles a un vencimiento
no menor a 30 días.
DEPÓSITOS DE
GARANTÍA.- son los intereses causados por los depósitos recibidos por
cumplimiento de las obligaciones de sus clientes o terceras personas.
DEPÓSITOS DE CUENTA
BÁSICA.- intereses causados por depósitos a la vista que permiten a una
persona natural ciertos servicios financieros: depósitos, pagos, consultas.
OTROS.- intereses
causados por operaciones internas de la entidad.
Debitan
por:
·
Por intereses devengados por concepto de
intereses por operaciones de depósito a la vita, operaciones de reporto entre
otras que se detallaron anteriormente.
Acreditan
por:
·
Ajuste de provisiones efectuadas en exceso.
·
Cierre del ejercicio.
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ResponderBorrarLas obligaciones con el público representa la captación de recursos mediante las diferentes modalidades y los depósitos recibidos por la prestación de servicios bancarios diversos, los fondos captados de las entidades , así como las cuentas que registran los gastos devengados por estas obligaciones que se encuentran pendientes de pago.
ResponderBorrarEn otras palabras podríamos decir que las obligaciones con el público son todos los depósitos en diferentes modalidades por ejemplo depósito a la vista, depósitos de garantía, depósitos a plazos entre otros.
Estas obligaciones que representa los fondos recibidos por depósitos con el público en general ya que esta obligación solo se impondrá cuando sea necesario ya sea en lo económico o social para facilitar la modalidad de los ciudadanos con la captación de dinero mediante las diferentes modalidades en beneficio del ciudadano.
ResponderBorrarLas obligaciones con el público son todas aquellas adquiridas por la institución financiera, al momento de captar el dinero de las diferentes transacciones que realice un usuario que mantiene una cuenta con la institución, sea por depósitos, pólizas, pagos por diferentes servicios que brinde la institución, y otros que se encuentren dentro de los servicios que otorga una institución financiera y/o seguros a la ciudadanía.
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